NOTICIAS 23 DE FEBRERO DE 2011

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Boletín de prensa 23 de febrero de 2011

 

EL TIEMPO

 

MININTERIOR PEDIRÁ DEROGAR NORMA QUE PERMITE CARRUSEL DE MAGISTRADOS

 

Señaló que hasta el momento el carrusel de nombramientos le costaría al país $140 mil millones.

El ministro Germán Vargas Lleras anunció que le pedirá al Presidente Santos que sea "derogado" el decreto según el cual funcionarios de la rama judicial se pensionan con el mejor sueldo de su último año de trabajo.

Medios de comunicación han denunciado que en los últimos dos años y medio cuatro magistrados de la sala disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura han nombrado decenas de magistrados auxiliares a punto de jubilarse.

"No hay razón para que una persona, a diferencia del resto de los colombianos, se pueda pensionar en estas condiciones, porque esto se puede prestar para los abusos que hemos visto", aseguró Vargas Lleras.

 El alto funcionario hizo estas declaraciones luego de que en la Comisión Primera de la Cámara se aprobara el informe de ponencia del estatuto anticorrupción, el cual podría ser aprobado mañana, para luego pasar a su último debate en la plenaria de Cámara.

COMISIÓN ASESORA CREE QUE EE. UU. CASTIGA A COLOMBIA AL NO APROBAR TLC

 

 

Así lo expresó el ex presidente Gaviria al término de la reunión en la que se discutió este tema.

Luego de más de 3 horas de reunión, la Comisión consideró que "no hay mayores razones para que a estas alturas de la vida no se apruebe el TLC" entre ambas naciones.

También se rechazó la no exención de las preferencias arancelarias del ATPDEA, las cuales se vencieron la semana pasada.

La Comisión, en cabeza del ex presidente César Gaviria, que calificó el hecho como "injustificado y poco comprensible", consideró que "no prorrogar las preferencias ni aprobar el TLC constituiría una especia de gran castigo a Colombia", lo que "le haría gran daño a la economía colombiana".

A juicio de Gaviria, esto es "francamente una situación de discriminación".

La Comisión Asesora también estudió el tema de las relaciones con Venezuela y la actuación de Colombia en el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

Al encuentro asistieron, entre otros, los ex presidentes Andrés Pastrana y César Gaviria, así como los ex cancilleres María Emma Mejía, Noemí Sanín, Julio Londoño Paredes y Guillermo Fernández de Soto.

 

CHOQUE DE TRENES ENTRE FISCALÍA Y PROCURADURÍA

 

El Procurador dice que la Fiscalía está obligada por ley a entregarle pruebas de procesos penales.

Por su parte, la Fiscalía pidió no aprobar la norma.

 

"Esta es una cariñosa discrepancia conceptual" con la Fiscal General, Vivian Morales,  pero "hay siete sentencias de la Corte Constitucional" y "tengo todas las competencias que me da la Constitución", dijo Ordóñez. (Escuche aquí lo que dijo el Procurador)

La semana pasada la Fiscal Morales les pidió a los representantes de la Comisión Primera de la Cámara, donde se tramita el estatuto anticorrupción, eliminar el artículo 54 de esta iniciativa que obliga a la Fiscalía a entregarle las pruebas de los procesos penales a la Procuraduría.

Morales argumentó -recuerda el representante del Partido Verde Alfonso Prada-, que si se aprueba este artículo "es muy posible que la información se filtre y los procesos de hagan ineficaces".

 

ORDÓÑEZ LES PIDIÓ HOY A CONGRESISTAS MANTENER EL ARTÍCULO.

 

Según Prada "si el Procurador dice que ya tiene esas facultades, para qué insiste en las del estatuto".

Alerta por unos 2.500 desplazados en el Bajo Cauca

éxodo es consecuencia de las amenazas recibidas por parte de los frentes 18 y 36 de las Farc.

Estos campesinos se desplazaron desde el Bajo Cauca hacia los municipios de Tarazá e Ituango (Antioquia).

Así lo denunció la Defensoría del Pueblo, que a través de un comunicado instó a las autoridades para que se le brinde ayuda humanitaria de emergencia a esta población.

  Según el Defensor, Vólmar Pérez, también se tuvo información del éxodo de 1.500 personas que salieron de la vereda de Santa Rita hacia la cabecera urbana del municipio de Ituango. Entre estos desplazados hay 400 estudiantes y profesores.

"Es un hecho sin precedentes para esta comunidad, que ha expresado su preocupación por la falta de transporte para abandonar la zona y del peligro que supone para sus miembros las amenazas perpetradas por los frentes de las Farc que operan en esta región", dijo Pérez en un comunicado.

 

CORTE PIDE AL GOBIERNO POLÍTICAS DE ATENCIÓN A DISCAPACITADOS

 

La solicitud se registra luego de un fallo de tutela de un menor residente en Rionegro, Antioquia.

La Corte Constitucional pidió a la Procuraduría y a los ministerios de Educación y de Protección Social crear una mesa de trabajo para diseñar un plan de atención a los discapacitados en el país.

 Según el alto tribunal, es necesario que esta mesa defina que instituciones deben prestar la atención de salud y educación a los discapacitados, en particular, de menores de edad; proteger sus derechos, las competencias de las EPS y mecanismos de información y acompañamiento para estas personas.

 El caso tiene que ver con una tutela que concedió a los padres de una menor que vive en Rionegro (Antioquia) y a la que le fue diagnosticado un retardo mental y requería un tratamiento para su recuperación que le fue negado en la EPS a la que estaban afiliados.

 Los padres alegaron que no poseían recursos para atender el tratamiento para su hija, quien debía ser internada en una institución especil.

La Corte en la tutela ordena a la EPS Coomeva que atienda el caso y que coordinación con la Secretaria de Educación de Rionegro y garanticen el ingreso de la menor en el programa educativo que requiere.

 

EDITORIAL: MENSAJE CONTRA LOS CORRUPTOS

 

Con las decisiones tomadas en el caso de AIS, la Fiscalía arranca con el pie derecho.

    La decisión de la Fiscalía General de la Nación de imputar una amplia gama de cargos a 22 personas por el programa Agro Ingreso Seguro (AIS) abre otra fase en la investigación de uno de los más sonados casos de corrupción de años recientes. La Unidad Anticorrupción de esa entidad encontró irregularidades en la asignación de unos 281.520 millones de pesos en subsidios por parte de siete ex funcionarios de la cúpula del Ministerio de Agricultura.

    Asimismo, los fiscales hallaron indicios que apuntan a que cinco miembros de la familia Dávila habrían recibido 2.212 millones de pesos de AIS sin haber cumplido con los requisitos de ley. En similar situación se encuentran diez integrantes de la familia Vives Lacouture, a la que se le habrían otorgado 4.532 millones de pesos. El ente investigador considera que estos dos clanes caribeños habrían manipulado información y fraccionado los proyectos agrícolas para hacerse a un monto mayor de dineros estatales.

    Destapado en octubre de 2009 por una investigación de la revista Cambio, el escándalo de Agro Ingreso Seguro permitió conocer la entrega ilícita de millonarios estímulos monetarios a prestantes grupos familiares de departamentos de la Costa Atlántica, el Valle y el Meta. El informe periodístico despertó una oleada de indignación, entendible ante las inmensas dificultades financieras que sufren miles de medianos y pequeños agroemprendedores de las zonas rurales del país.

    Después de haber avanzado con lentitud, las primeras determinaciones de la fiscal Viviane Morales sobre el caso AIS son recibidas con beneplácito. De hecho, por motivos de fuero, la suerte del entonces ministro de Agricultura, Andrés Felipe Arias, jefe de los otros siete ex funcionarios implicados, está enteramente en manos de la cabeza de la Fiscalía. Se espera también que la Procuraduría y la Contraloría tomen, a su vez, prontas decisiones sobre sus respectivos procesos y ahonden en las facetas fiscal y disciplinaria del programa AIS.

    Es importante notar que la imputación de cargos, por más graves que estos sean, no significa una condena automática de los 22 involucrados. Por más notoriedad que rodee este caso, el derecho a la defensa y a la presunción de inocencia se debe respetar. De todas maneras, con este paquete de decisiones, la Fiscalía está enviando un claro y contundente mensaje de lucha contra la corrupción.

    De comprobarse en las siguientes etapas del proceso judicial las prácticas en las que incurrieron los implicados en Agro Ingreso Seguro, se convertirían en sinónimo de los ejercicios tradicionales de captura privada del Estado que se deben evitar y denunciar.

    Evidentemente, las investigaciones no deben terminar con la imputación de estos 7 ex funcionarios y 15 beneficiarios. Quedan por analizar los comportamientos de otras 50 personas, incluyendo a contratistas, que participaron en la destinación de más de 200 mil millones de pesos en subsidios, así como la supuesta participación de un asesor en la sombra detrás del millonario esquema.

    En materia de lucha contra la corrupción, la nueva administración de la Fiscalía arranca con pie derecho. A las decisiones tomadas en este conocido escándalo se deben sumar determinaciones en procesos claves como el de las interceptaciones ilegales y el llamado 'carrusel' de la contratación en Bogotá.

    Al igual que en Agro Ingreso Seguro, la ciudadanía necesita que los entes de vigilancia e investigación judicial identifiquen a los responsables. A fin de cuentas, la corrupción sigue estando dentro de las preocupaciones más sentidas de los ciudadanos colombianos.

 

UNA HERRAMIENTA CON DIENTES

Por: Germán Vargas Lleras

 

El estatuto anticorrupción que avanza en el Congreso arrinconará a los corruptos y le permitirá al Estado proteger sus recursos.

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Compartir5  3    El Estatuto Anticorrupción presentado por el Gobierno recibió ya sus dos primeros debates de aprobación en comisión y plenaria del Senado y, ahora, en las sesiones extras del Congreso recibirá los aportes y la bendición de comisión y plenaria de la Cámara. Se trata de una herramienta fundamental para contener el avance de la corrupción, arrinconar y sancionar duramente a quienes la practican y establecer fuertes castigos contra quienes, con su omisión, les permiten saquear las arcas del Estado.

 

    Sus ventajas son innumerables. Las personas naturales y jurídicas, sus matrices y subordinadas, no podrán volver a contratar con el Estado cuando hayan cometido delitos contra el patrimonio público.

    A la vez, las personas naturales y jurídicas que hagan aportes a campañas políticas no podrán contratar con el Estado en la circunscripción donde haya sido hecho el aporte. Los servidores públicos que dejen su cargo no podrán gestionar ante el Estado asuntos privados en el área donde actuaron como funcionarios, durante los dos años siguientes a su retiro.

    Y hay más. Los anticipos que el Estado gire a los contratistas serán manejados por fiduciarias irrevocables o patrimonios autónomos, de modo que solo puedan ser invertidos en el objeto del contrato y no como ocurre en ocasiones, desviados a otros negocios o a las cuentas privadas de los contratistas. No procederá el secreto profesional y perderá su matrícula el contador o revisor fiscal que, al detectar una maniobra corrupta, no la denuncie. Y en cuanto a los interventores, responderán civil, penal y disciplinariamente por el incumplimiento de sus obligaciones. Esa responsabilidad se extiende a consultores y asesores.

    Para los responsables de corrupción no habrá suspensión condicional de la pena, ni libertad condicional, ni prisión domiciliaria, ni beneficio alguno de este tipo. Y en cuanto a la protección de los recursos de salud, se tipifican los delitos de estafa, corrupción privada y administración desleal, así como una nueva modalidad de peculado por aplicación oficial diferente o culposo en el sector de salud. Pero además, el estatuto combate con severas sanciones la celebración de contratos sin requisitos legales, el tráfico de influencias de particulares, los acuerdos entre distintos licitantes y el soborno transnacional, entre otras prácticas.

 

EL ESPECTADOR

 

RETIRAN MENSAJE DE URGENCIA DE CÓDIGO DE CONVIVENCIA CIUDADANA

 

El proyecto volverá a la Cámara de Representantes.

Este miércoles el ministro de Defensa, Rodrigo Rivera sostendrá una reunión de trabajo con los congresistas de la Comisión I ponentes del Código de Convivencia Ciudadana.

En el encuentro se busca acordar e incluir diferentes aportes recibidos de los alcaldes y gobernadores que enriquezcan el proyecto que cursa tránsito en el Congreso de la República.

Para el Gobierno, la discusión del proyecto de Código Nacional de Convivencia Ciudadana, es totalmente pertinente, pues se articula con la política de consolidación del Estado, mediante la que se pretende mejorar los índices de seguridad frente a delitos y conductas que afectan directamente a los ciudadanos.

Es además necesaria pues el Código Nacional de Policía, fue concebido hace 40 años para un país rural y es necesario introducir matices, por ejemplo cambiar herramientas que incluyen multas de 50 pesos.

Rivera ha señalado que el reto del Gobierno es la seguridad ciudadana, la tolerancia y convivencia, ya que la mayor parte de los homicidios se presentan por riñas. Por eso para el Gobierno el nuevo Código de Convivencia Ciudadana  es una herramienta necesaria para el restablecimiento de la "disciplina social".

El ponente del proyecto, Senador Juan Manuel Corzo Román, ha manifestado que este Código llega en un excelente momento, al resaltar la inclusión de la obligatoriedad, tanto para alcaldes como gobernadores, de que ningún niño o niña debe estar en la calle.

CUANDO UN PACIENTE TERMINAL PIDE QUE NO LE PROLONGUEN LA VIDA

PRESENTARÁN PROYECTO DE LEY DE VOLUNTAD ANTICIPADA

 

Será presentado por el representante Rafael Romero. En esencia, defiende el derecho a morir dignamente.

 La ley consistiría en no prolongar de forma innecesaria la vida de un enfermo con autorización previa del paciente.

Como voluntad anticipada se conoce la decisión de una persona, expresada por escrito, acerca de las atenciones médicas que desea recibir en caso de padecer una enfermedad irreversible. El paciente anticipa que no desea prolongar de forma innecesaria su vida con tratamientos que sabe que no le van a servir y que desea morir dignamente. Ese es el sentido de un proyecto de ley que radicará en próximos días en el Congreso de la República el representante a la Cámara por Boyacá Rafael Romero, y que desde ya anuncia una aguda polémica.

Según Romero, no se trata de una eutanasia sino de permitirles a las personas su derecho a morir con dignidad. La iniciativa, explicó, se encuentra en proceso de socialización. Sin embargo, hay quienes creen que su trámite puede servir para cortar algunos de los avances ya logrados desde la Sentencia C-239 de 1997, la cual señaló que “el derecho a la vida no puede reducirse a la mera subsistencia, sino que implica el vivir adecuadamente en condiciones de dignidad” y que “el deber del Estado de proteger la vida debe ser compatible con el respeto a la dignidad humana y al libre desarrollo de la personalidad”.

En dicha sentencia, con ponencia del entonces magistrado Carlos Gaviria Díaz, la Corte considera que frente a los enfermos terminales que experimentan intensos sufrimientos, el deber estatal cede frente al consentimiento informado del paciente que desea morir en forma digna: “En este caso, el deber estatal se debilita considerablemente por cuanto, en virtud de los informes médicos, puede sostenerse que, más allá de toda duda razonable, la muerte es inevitable en un tiempo relativamente corto (...) La decisión de cómo enfrentar la muerte adquiere una importancia decisiva para el enfermo terminal, que sabe que no puede ser curado, y que por ende no está optando entre la muerte y muchos años de vida plena, sino entre morir en condiciones que él escoge, o morir poco tiempo después en circunstancias dolorosas y que juzga indignas”.

El médico Juan Mendoza Vega, presidente mundial de la Federación de Asociaciones Derecho a Morir Dignamente, es de quienes creen que se debe estar pendientes de la letra menuda del proyecto porque no se le puede quitar a una persona que sufre una enfermedad terminal el derecho a resolver sobre su futuro y sobre su vida, poniéndole trabas innecesarias: “Voluntad anticipada es lo que nosotros en Colombia llamamos al documento ‘esta es mi voluntad’, que es lo que hemos puesto en marcha desde hace casi 30 años. En él, la persona dice que lo que no me sirve no quiero que me lo hagan. Si estoy grave y voy a quedar hecho un vegetal, no quiero quedar así. Eso, legal y lícito, y no choca con ninguna norma de ética”.

La Iglesia católica, por su parte, considera que siempre y cuando no se trate de acabar con la vida, no hay problema. Monseñor Juan Vicente Córdoba, secretario de la Conferencia Episcopal Colombiana, señaló que cuando existe una enfermedad terminal, cuando la suerte ya está echada y la persona está muy mal o con vida artificial, es mejor dejarla morir tranquilamente y en paz. “No veo problema en eso. Suspender un tratamiento no es eutanasia, la persona tiene derecho a expresar su voluntad de no sufrir, pero que no se trate de inyectarle algo para que muera. Eso nunca sería aceptable. Ahora, creo que es distinto también cuando los médicos consideran que sí hay posibilidades de recuperación. Eso hay que analizarlo”, explicó el prelado.

El debate tendría un punto adicional, que fue uno de los argumentos que se esgrimieron recientemente en México, y es que, aparte de evitar la prolongación del sufrimiento de personas enfermas en fase terminal, la ley de voluntad anticipada –que se tramitó en el Distrito Federal– buscaba promover e incrementar entre la población una cultura de donación de órganos. El médico Mendoza Vega advierte que hay que separar lo uno de lo otro porque una cosa es que se acepte donar los órganos, algo humanitario, y otra que se permita decirle a alguien cuando se quiere morir si se está padeciendo una enfermedad que hace intolerable la vida. Y de eso es de lo que se trata la voluntad anticipada.

 

 

 

 

 

PROCURADOR: NEGATIVA A ADOPCIÓN GAY NO ES POR CONVICCIÓN BÍBLICA

 

El jefe del Ministerio Público, Alejandro Ordóñez, dijo que sólo se basó en el ordenamiento jurídico y el marco constitucional del país.

El procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez, insistió en su negativa a la posibilidad de la adopción de menores por parte de las parejas del mismo sexo.

Ordóñez aseguró que "con base en el ordenamiento jurídico del país y el marco constitucional" no es posible que se configure esa adopción.

"Eso lo he afirmado ante la Corte Constitucional con fundamento en la Constitución, en el marco legal y en los mismos precedentes de la Corte", señaló.

Aunque recalcó que su oposición es en defensa de la familia, aclaró que nunca tuvo en cuenta la Biblia.

"Quieren poner en boca de mí lo que yo nunca he dicho (…) tengo convicciones y nunca las niego pero sólo tengo en cuenta argumentos jurídicos", enfatizó.

Según él, pese a que muchos de sus detractores lo quieren ridiculizar con ese tema "no hay un solo argumento en mis conceptos" que pueda catalogarse como pretenden sus opositores.

La Corte Constitucional adelanta el estudio de una tutela que pide que se permita la adopción de menores entre parejas del mismo sexo.

 

CORTE ORDENA DISEÑAR POLÍTICA DE ESTADO PARA DISCAPACITADOS

 

Exhortó al Gobierno y a la Procuraduría establecer un plan especial para proteger garantías, especialmente, de la población infantil.

La Corte Constitucional ordenó a los ministerios de la Protección Social, de Educación Nacional y a la Procuraduría integrar una mesa de trabajo con miras al diseño de una política estatal a favor de las personas con discapacidad, especialmente niños y niñas.

En sentencia de tutela con ponencia del magistrado Jorge Ignacio Pretelt Chaljub, la colegiatura encontró que no existía una visión claramente definida por parte de las entidades estatales en torno a qué tipo de derechos deben garantizarse a favor de ese tipo de población, principalmente en materia educativa.

“(…) Se advierte que no existe un trabajo armónico entre los sectores de salud y educación sobre la manera como deben protegerse los derechos de las personas con discapacidad, hecho que limita el ejercicio de las garantías de esta población como sujetos plenos, titulares de derechos” dice el fallo.

La tesis subayace del estudio que hizo la Corte alrededor del caso de una menor de Itagüí, Antioquia, a quien le fue diagnosticado retardo en el desarrollo del lenguaje, hiperactividad y microcefalia y, pese a ello, no recibió tratamiento adecuado con miras a su recuperación por parte de la EPS Coomeva; esta patología tampoco le permitía a la menor alcanzar un desarrollo cognitivo, pues la madre no tenía recursos para financiar su educación en un instituto especializado.

Luego de cuatro años de la práctica de sucesivos exámenes médicos, la Fundación Integrar de Medellín concluyó que la niña padecía de discapacidad intelectual con un funcionamiento global de tres años y medio y recomendó que fuera matriculada en un instituto de educación regular inclusiva.

Piedad Cristina Peña Delgado, madre de la menor, exigía que Coomeva costeara el tratamiento sugerido por Integrar, teniendo en cuenta que sus ingresos no le permitía financiar, por sí misma, el ingreso de su hija a un programa educacional de esta naturaleza.

En consecuencia, la Corte Constitucional ordenó a la EPS garantizar todos los tratamientos que sean necesarios a favor de la menor en lo que atañe exclusivamente a su salud y a las secretarías de Educación de Rionergo y de Antioquia ocuparse del plan de atención al que haya lugar para garantizar el acceso a un proyecto educativo a la pequeña.

En esta, la sentencia T-974 de 2010, la Sala Octava de Revisión concluyó que un equipo de expertos debía definir cuáles eran los derechos específicos que en materia educativa le estaban siendo vedados a la niña discapacitada; de allí que haya observado que no hay una dcomprensión clara por parte de las instituciones frente a las garantías que deben cobijar a esta población, principalmente, niños y niñas.

 

EL PODER DE LA CORTE

Por: Rodrigo Lara

 

Hoy decide la Corte Constitucional un proyecto de fallo de tutela en el que se les permitiría a dos mujeres que viven en pareja adoptar a la hija de una de ellas. Con este fallo se revisaría el concepto de familia y se abriría la puerta a la adopción de niños por parejas de un mismo sexo.

Sin entrar en el debate ético de este asunto, sobre el que tengo simpatías de fondo, la primera pregunta que la Corte podría hacerse a sí misma no es la relativa al concepto de familia o a la adopción por parejas del mismo sexo. Tal vez la principal inquietud para la Corte debería ser el alcance de su legitimidad para decidir estos asuntos de sociedad.

Hoy existe consenso para aceptar el papel de la Corte como guardiana de la Constitución. Su rol de dique de contención de leyes que violen la Carta Magna, como ocurrió con el referendo reeleccionista, es necesario. Pero entre objetar proyectos de ley inconstitucionales o proteger derechos fundamentales por vía de tutela y entrar a formular políticas publicas sustituyendo al Poder Legislativo, como en el caso de la eutanasia o en la adopción por parejas de un mismo sexo, existe un trecho grande y gris. Y en este caso el debate no es sobre ética, sino sobre el funcionamiento de la democracia.

La Corte Constitucional nació inspirada en el activismo judicial norteamericano. En pocos países del mundo como en los EE. UU. los jueces ostentan tanto poder para definir los contornos de la vida de las personas. Allí los jueces construyen e interpretan la ley desde un punto de vista legislativo. No obstante, este poder de los jueces no surgió espontáneamente, su origen está en la historia de la cultura jurídica de ese país, que es diferente a la nuestra.

En América Latina importamos de Europa un derecho escrito y codificado, listo para consumir. Los Estados Unidos, en cambio, tuvieron muchas dificultados con la importación de Inglaterra de un derecho procedimental muy técnico, sustentado en precedentes añejados en siglos de historia inglesa. La dificultad de trasplantar ese derecho llevó a situaciones de constante inseguridad jurídica. La dificultad para importar con coherencia el derecho inglés, y posteriormente para simplificarlo en leyes escritas, los llevó a permitir que los jueces precisaran el derecho acudiendo a máximas de la razón y la justicia. En aras de coherencia democrática reconocieron en los jueces tanta legitimidad como la que ostentan los miembros de sus asambleas legislativas, razón por la cual hoy se elige por voto popular a los jueces de 37 Estados de la Unión.

Es de la esencia de la arquitectura democrática de los Estados Unidos que los jueces dicten políticas publicas. En Colombia no, y es discutible que ellos mismos se habiliten para sustituir al Congreso. Sin acudir a alambicadas explicaciones, es difícil entender la legitimidad de la Corte para dictar políticas públicas, más aun cuando no asumen responsabilidad política ante el electorado o el Congreso. No sé si estas facultades de la Corte provengan del síndrome de algunas instituciones de potenciar su propia autonomía o de nuestro hábito de copiar del exterior instituciones que crearon otros para solucionar sus propios problemas.

 

EL NUEVO SIGLO

 

 

 

 

Por William Calderón

 

Razones de una renuncia. La renuncia del magistrado Jezael Giraldo al Consejo Superior de la Judicatura, provocada a raíz de las denuncias que desde los distintos medios se vienen haciendo a las prácticas corruptas que proliferan en un sector de ese alto tribunal de justicia (prácticas que desde luego no comparte el dimitente), puso al descubierto la honda crisis que vive la justicia en el país.

 

 

Revolcón por Mendoza Diago. La candidatura a la Judicatura del ex fiscal Guillermo Mendoza Diago, socio del ex presidente de ese alto tribunal, Carlos Isaac Nader, quien según publicación de El Espectador tenía frenados los procesos de la parapolítica en la Corte (caso del Gordo García, de Sucre, condenado por la masacre de Macayepo y protegido de Náder), tiene revolcada a la alta corte, pues según fuentes vinculadas a la rama, está resultando más caro el remedio que la enfermedad

 

EVADEN CUMPLIMIENTO DEL HABEAS DATA: VELASCO

 

Entidades crediticias venden acreencias a empresas que no están vigiladas.

A LOS colombianos se les están conculcando sus derechos cuando las entidades crediticias, para no cumplir con la ley de Habeas Data, venden las acreencias a empresas que no están vigiladas por la Superintendencia Financiera, destacó el senador caucano Luis Fernando Velasco, del Partido Liberal.

EL NUEVO SIGLO: ¿Cómo se evade el cumplimiento de la ley?

LUIS FERNANDO VELASCO: Cuando las entidades crediticias ven que la deuda ya es irrecuperable, en lugar de aplicar la ley lo que hacen es vender la acreencia a una empresa de cobro o de abogados que, por supuesto no está vigilada por la Superintendencia Financiera.

ENS: Desde el Congreso, ¿qué se puede hacer?

LFV: Por un lado, vamos a presentar una nueva iniciativa para ponerle dientes a la ley y por otro vamos a hacerle control político.

ENS: ¿Considera que el Gobierno no le ha puesto voluntad a vigilar el cumplimiento de la ley?

LFV: Debería existir realmente una unidad de vigilancia de la aplicación del derecho fundamental del Habeas Data que tienen los ciudadanos. Yo conozco muchos casos que no se han reportado, en donde instituciones crediticias, compañías de telefonía celular, especialmente establecimientos de comercio, no cumplen la Ley de Habeas Data porque desafortunadamente la Superintendencia tiene un muy reducido personal para cumplir esa función.

ENS: ¿Esa instancia está en la ley?

LFV: Si, claro. La ley creó una superintendencia delegada para el Habeas Data, para dedicarse a investigar la aplicación del Habeas Data. Entonces ahí si tendríamos herramientas para combatir la violación de esta Ley.

ENS: ¿Qué ha impedido que se cumpla con eso?

LFV: El Gobierno tiene que comenzar a estructurarla porque la Ley lo ordena, pero como es una Ley estatutaria, en este momento debe estar en la Corte Constitucional recibiendo su estudio de constitucionalidad.

ENS: Usted ha sido un crítico de la política de precios de la gasolina. ¿Cree que con los problemas en Medio Oriente se está dando el pretexto para mayores alzas?

LFV: Claro, esa es la excusa. Se nos viene, se nos viene.

El Gobierno dice que quiere fletes más baratos, pero el Gobierno, que tiene el insumo más importante para el transporte, que son los combustibles, no los pone a unos costos razonables.

Yo no pido que regalen el combustible ni que lo pongan al precio de Venezuela, ni al precio de Ecuador; pero yo si pido que un combustible que al Gobierno Nacional le cuesta producirlo 1 dólar, lo venda máximo a 3 dólares, ganándole muchísimo, incluyendo los impuestos, ¿no?, que también son altísimos.

ENS: ¿Cuesta solo 1 dólar?

LFV: Es que a nosotros nos cobran la gasolina por decreto y no por costos. Eso beneficia enormemente a las empresas que explotan el petróleo en Colombia y a Ecopetrol, pero perjudica a los consumidores y aún a los pequeños distribuidores.

Un galón de gasolina, según estudio del mismo Gobierno Nacional, en Colombia producirlo vale alrededor de 1 dólar; pero nos lo están vendiendo en más de 4,50. Eso es una locura.

Entonces, ahora hay problemas en Libia. Pero la gente tiene que entender que esos problemas no afectan la producción ni de petróleo en Colombia ni los costos de refinación.

Los problemas de Libia afectan las cotizaciones internacionales del petróleo no los costos de producción.

Entonces, ¿a qué estamos llegando? Estamos llegando a que los colombianos, que producimos petróleo, que refinamos gasolina y refinamos diesel, estamos pagando ese producto como si lo importáramos.

ENS: Finalmente, ¿cómo ve el papel del Congreso frente al proyecto de Plan de Desarrollo?

LFV: Lo que deberá hacer el Congreso en los próximos días es debatir las políticas del Plan de Desarrollo y entregarle al Gobierno mecanismos para que desarrollen esas políticas pero bien enfocadas

 

ENTRE EL PREMIO Y LA PENA

 

Por FERNANDO NAVAS TALERO

 

“Obligación constitucional colaborar con  la administración de justicia”

PARA  contrarrestar el propósito de penalizarlo todo en Colombia se debería pensar en el Derecho premial que se instituye a partir de la observación de que la ejecución de la ley se puede lograr no solamente con la pena sino con estímulos distintos. El ofrecimiento de un premio impulsa la voluntad del sujeto a obrar correctamente. Esta es una opción que no se explora en el Derecho. Las rebajas en los impuestos, para quien paga oportunamente, es una fórmula que ha dado resultados imprevistos. La administración convence con estos premios más que con la amenaza de la jurisdicción coactiva. Es una obligación constitucional colaborar con la administración de justicia, dice la Constitución; no obstante, en los últimos años se ha visto que cuando se ofrecen recompensas esa colaboración se hace más eficaz. El premio o la recompensa tienden a compensar la voluntad y fortalecer el respeto y acatamiento de la ley. Es el mal o el bien el que la norma jurídica asociada a las creencias morales y religiosas ofrece como resultado de desobediencia o acatamiento.

El beneficio es uno de los incentivos que mueve la voluntad del sujeto para ajustar su conducta a la ley; ese beneficio no necesariamente es económico, puede acrecentar la respetabilidad social, el orgullo personal e incluso la vanidad. El ego que muchos alimentan con los elogios y la exhibición; cuántos aparentes fieles creyentes no reciben el sacramento de la comunión, no para lograr el encuentro con la divinidad sino por mostrarse como los fariseos en los templos. Aquí hay un aspecto positivo de la coacción sicológica y moral que el Derecho Positivo, movido por las teorías de los penalistas, ha despreciado. No es ajena la Constitución al reconocimiento de estos motivos íntimos que gobiernan la conducta de los seres humanos. El artículo 95 promueve el orgullo al inculcar que la condición de colombiano es una calidad que enaltece. De ahí nace el patriotismo, que es causa y razón de la intensidad de los lazos de solidaridad en que se funda y descansa la soberanía. “De ahí que en la guerra en defensa de la patria se exija el máximo sacrifico personal”, explica García Maynes en su Introducción al derecho. Al respecto de la concepción jurídico política del Derecho premial y su consagración en normas positivas sostiene Ángelo de Matia en Merito e Recompensa: “En sentido figurado podría decirse: el derecho impone al individuo una serie de actos obligatorios, o serie de los actos debidos, los cuales constituyen una línea media. Si el sujeto se coloca voluntariamente debajo de dicha línea incurre en un acto ilícito y se hace acreedor a una sanción punitiva; si, por el contrario, se coloca espontáneamente sobre ella, entra en la zona de los actos meritorios, a los que se hallan enlazadas las sanciones premiales

 

REVISTA SEMANA

 

VÍCTIMA DE UNA TORTURA A LA ESPERA DE JUSTICIA

 

Wilson Gutiérrez Soler fue torturado por orden de un coronel. La CIDH logró que la unidad de derechos humanos de la Fiscalía reabriera el proceso. El ente ya tomó decisiones. Esta es la historia.

Para Wilson Gutiérrez Soler haber tenido en su poder unos documentos que comprometían a una reconocida empresa de electrodomésticos con el manejo de una serie de actividades ilícitas se convirtió en su calvario. Tenía 29 años cuando por esa razón fue citado a una cafetería en el centro de Bogotá.

El 24 de agosto de 1994, el gerente de la empresa se encontró con Wilson. Quería ofrecerle dinero a cambio de la información. Y fue en una cafetería, el lugar de encuentro, donde empezó su drama. Sin saber por qué, integrantes del grupo de antiextorsión y secuestro (UNASE) de la Policía, bajo las órdenes del entonces coronel Luis Gonzaga Enciso Barón, lo capturaron. Estaba sindicado por el delito de extorsión.

Lo que vino después fue una tortura. Literalmente. Wilson fue llevado en una camioneta de vidrios oscuros a una especie de calabozo, en las instalaciones del UNASE. Allí permaneció por cerca de dos horas. Lo interrogaron, querían saber cómo había llegado a sus manos la información que ponía en evidencia una evasión de impuestos de la empresa a la que él pretendía denunciar, sin saber que el gerente, con el que estaba cuando lo detuvieron, tenía una estrecha relación con el coronel Enciso.

Las horas en que Wilson permaneció en ese lugar fueron las peores de su vida. Fue esposado a un tanque de agua, con unos fósforos que cargaba en un bolsillo de su pantalón le quemaron sus órganos genitales, le introdujeron el palo de un recogedor en el ano. Débil y sabiendo a lo que se atenía si no obedecía las órdenes que le daban, Wilson terminó por aceptar ante las autoridades el delito de extorsión del que lo acusaba el gerente de la empresa.

Su paso por la cárcel fue corto. A los pocos meses de permanecer allí fue absuelto de los cargos por extorsión en sentencia proferida por el juzgado octavo de Bogotá. Fue un montaje. Esa era una pequeña victoria. Ya estaba claro que él no era un extorsionista. Ahora venía el desafío de demostrar que fue víctima de una tortura y lograr justicia.

Pero desde el principio fue difícil. Aunque denunció ante la Fiscalía, la Procuraduría y hasta intentó llevar su historia a la Corte Constitucional, nada fue suficiente. Su caso fue cerrado. Y su vida amenazada. Persecuciones constantes, permanentes y un artefacto explosivo en su vivienda lo obligaron a dejar el país.

Pero estar afuera no le impidió seguir buscando que los responsables pagaran por lo que habían hecho. Buscó al colectivo de abogados José Alvear Restrepo para que llevara la denuncia a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Por eso, aunque el caso del coronel de la Policía, retirado en 1999, ya era cosa juzgada, se logró reabrir la investigación.

Y pese a que el procedimiento cesó en 1998, en 2005 la Corte consideró como probados “la detención y tortura del señor Wilson Gutiérrez Soler, así como la existencia de secuelas físicas y psicológicas derivadas del suceso”. Y la decisión de dicha instancia fue enfática en declarar al Estado colombiano como responsable de estos hechos, al haber sido precisamente un agente suyo el encargado de perpetrarlos.

Durante el proceso se creyó que el gerente de la empresa que desencadenó la situación era familiar del coronel Enciso. Eso no se logró comprobar, pero sí está claro que tenían una estrecha relación. “Sí, yo tenía amistad con él y mi señora laboraba para ese entonces en esos almacenes como asesora laboral”, señaló en algún momento del proceso el coronel Enciso. Además se conoció que el gerente de la cadena de almacenes era también un coronel, pero en retiro y del Ejército.

A principio de este año, la Fiscalía 53 de derechos humanos profirió medida de aseguramiento sin beneficio de excarcelación en contra de Luis Gonzaga Enciso Barón, como coautor de los delitos de tortura y privación ilegal de la libertad, según hechos registrados en las instalaciones del grupo UNASE de la Policía Nacional.

Jomary Ortegón, una de las abogadas que ha estado al tanto del proceso de Wilson, señala que éste no solo ha sido duro a instancias de la justicia, sino también a nivel interno.

“Lo acusaron de haberse hecho él mismo las lesiones, de haberse quemado con sus propios fósforos”, cuenta la abogada, para quien a pesar de lo que significa la reciente decisión de la Fiscalía “aún falta por aclarar la situación del otro hombre implicado”, el gerente de la empresa, quien, dice ella, habría fraguado el montaje y auspiciado la tortura de la que fue víctima Wilson.

 

CMI

 

CORTE CONSTITUCIONAL ORDENA AL GOBIERNO PROMULGAR PLAN PARA DISCAPACITADOS

 

La Corte Constitucional le ordenó al Gobierno Nacional diseñar un plan de atención integral para la población discapacitada de Colombia.

Según el alto tribunal, no existe claridad, principalmente en materia de salud y educación, sobre la manera como deben protegerse los derechos de los discapacitados.

Por eso le ordena a los ministerios de Educación y Protección Social que establezcan una mesa de trabajo con la Procuraduría y la sociedad civil para que se adopten las medidas que le permitan a la comunidad discapacitada mejorar su calidad de vida, pese a las limitaciones.

La decisión fue adoptada al tutelar los derechos de una niña con retraso mental, a quien la EPS le negó un tratamiento integral que incluía una enseñanza especial.

La EPS argumentó que su responsabilidad sólo está en el campo de la salud. Sin embargo, para el Alto Tribunal la discapacidad no debe darse desde un punto de vista médico, sino desde una perspectiva integral que abarque el reconocimiento del derecho a una educación inclusiva.

“En el caso de la niña, quien tiene discapacidad cognitiva, todo diagnóstico, tratamiento y terapias tendientes a mejorar las limitaciones físicas, síquicas, emocionales o sensoriales, constituyen un deber de quienes se encargan de la prestación del servicio público de salud”, indica la sentencia.

La Corte le ordena a la EPS practicar una valoración médica interdisciplinaria para dictaminar el tratamiento que se debe seguir en este caso.

 

 

RCN RADIO

 

CORTE CONSTITUCIONAL DEBATE HOY DERECHOS DE ADOPCIÓN PARA HOMOSEXUALES

 

Una acción de tutela podría cambiar la norma que permite acceder a los derechos adoptivos de menores de edad únicamente a las parejas heterosexuales, conformadas por un hombre y una mujer.

Esta norma ha impedido, por ejemplo, a una mujer de Rionegro, Antioquia, otorgarle los derechos de su hija biológica a su pareja, otra mujer, que desea asumir el rol de madre o 'padre adoptiva'.

Esta solicitud había sido aceptada en primera instancia por un tribunal en esta población, pero fue impugnado por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, porque según el organismo, la Constitución Política es clara en que la familia está conformada por un hombre y una madre y no por dos personas del mismo sexo.

Sin embargo, la ponencia del fallo de tutela a cargo del magistrado Juan Carlos Henao, señala que es viable la adopción de menores de edad por su progenitor biológico y su pareja del mismo sexo, ya que aún no hay prueba científica que demuestre daños mentales o en el comportamiento del niño.

Aún así, otros magistrados del alto tribunal consideran que debe prevalecer el concepto de familia tal y como lo regula la carta política.

 

CARACOL RADIO

 

GOBIERNO BUSCA PARA PONER FIN A ‘CARRUSEL DE MAGISTRADOS AUXILIARES’ EN LA JUDICATURA

 Tras la denuncia de Caracol Radio, el ministro del Interior y Justicia, Germán Vargas Lleras, aseguró que un decreto vigente desde 1971 fue lo que permitió que se presentará un ‘carrusel de magistrados auxiliares’ en el Consejo Superior de la Judicatura, quienes accedieron a cuantiosas pensiones.

El Ministro señaló que será imposible tomar acciones para evitar que los 20 magistrados beneficiados terminen devolviendo sus pensiones.

“Los nombramientos propiamente no, lo que debemos evitar es que en el futuro personas con muy poco tiempo en la rama accedan a devengar. Nos proponemos a evaluar dejar ese decreto sin vigencia con el fin de frenar el paso de quienes accedan de manera abusiva a este derecho”, manifestó.

Vargas Lleras agregó que “habría que mirar caso por caso, pero la derogatoria del decreto no tiene efecto retroactivo”.

 

LA FM

 

PRERROGATIVAS LABORALES DEBEN ABRIR UN DEBATE DE FONDO EN TODAS LAS ENTIDADES DEL ESTADO

 

 

Así lo sugirió en LA F.m. el presidente del Consejo Superior de la Judicatura, magistrado Angelino Lizcano, con respecto a las denuncias del escandaloso costo de pensiones pagadas a magistrados que han trabajado por cortos periodos de tiempo. 

 Según la más reciente publicación de la Revista Semana, en dos años y medio, magistrados de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura les han dado estos beneficios como magistrados auxiliares a cerca de 90 personas, además de los hoy activos, y por lo menos la mitad de ellos, se podrán jubilar con pensiones multimillonarias, que le pueden costar al Estado, en total, 140.000 millones de pesos. 

 Antes estas denuncias, el Magistrado Angelino Lizcano, aseguró que está en marcha una investigación acordada,  en medio de una reunión extraordinaria, por los mismos magistrados implicados; la cual está a cargo de la la Comisión de Acusaciones.

 También aseguró que la Contraloría anunció su respectiva veeduría para encontrar un soporte legal a estos dineros adjudicados por medio de pensiones a los empleados.

 Sin embargo aseguró que estas decisiones obedecen a prerrogativas de orden laboral que corresponden a derechos de los trabajadores, ejecutables en muchas entidades del Estado, razón por la cual “no va a ser tan fácil realizar la investigación y se hace necesario un debate de fondo, sin evadir responsabilidades”.